¿QUÉ PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL SARS-CoV-2 HA DE CONTEMPLARSE Y QUIENES ESTÁN LLAMADOS A COLABORAR CON LAS AUTORIDADES SANITARIAS?

Advertimos de que el contenido de este blog y sus recomendaciones pueden someterse a revisión en función de la evolución y nueva información que se disponga de la infección por el nuevo coronavirus (SARS-COV-2).

En España la evaluación de riesgos frente a la exposición al coronavirus en los lugares de trabajo, es una tarea propia de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales. Y aunque el Ministerio de Trabajo marque las directrices según las normativas vigentes, el Ministerio de Sanidad ha llamado a los SPRL para la colaboración con las autoridadessanitarias con el objetivo de limitar los contagios de SARS-CoV-2.
Los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL) tienen la tarea encomendada de adaptar su actividad y hacer los estudios y las recomendaciones adecuadas a las empresas y los trabajadores. Han de ofrecer información y formación para implantar medidas organizativas, de higiene y técnicas preventivas en la empresa, en todos los ámbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposición incluso a los clientes de esas empresas.

Además de las medidas de higiene personal, tienen que velar porque existan los medios necesarios para garantizar la higiene, limpieza y desinfección de los lugares de trabajo, que deberá intensificarse en relación con la práctica habitual.

Desde Arcocovid ponemos a disposición de los empresarios una consulta de asesoramiento con los técnicos en prevención. Dicha toma de contacto sin compromiso inicia los trámites para el posterior estudio previo de las necesidades de la empresa y se establecen cuáles son los medios de los que las empresas han de disponer para cumplir
con las órdenes de las autoridades sanitarias.

 

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